lunes, junio 22

El testamento desconocido de "La Perricholi"

Hace unos años, el Archivo General de la Nación presentó digitalizado un legajo notarial titulado "TESTAMENTO PERRICHOLI" que llamó inmediatamente mi atención: era un poder para testar y el testamento que le sigue, fechados en el papel sellado habilitado para los años 1818 y 1819. Al ir descifrando la letra, antigua y apretada como suelen serlo estos documentos, aparecieron dos nombres que no dejaron lugar a dudas sobre quién era la otorgante: Micaela Villegas, hija legítima de José Villegas y Teresa Hurtado, viuda de Jacinto Vicente de Echarri, y madre de un hijo natural llamado Manuel de Amat.

Retrato atribuido a Micaela Villegas, que se exhibía en el Museo del Virreinato en la Quinta de Presa

No hacía falta más. Esa combinación de datos solo podía corresponder a un personaje: María Micaela Villegas Hurtado de Mendoza, "La Perricholi", la célebre actriz y tonadillera limeña del siglo XVIII, recordada sobre todo por su sonado romance con el virrey Manuel de Amat y Junyent, de quien tuvo un hijo al que puso el mismo nombre. 

El documento se abre con el poder que Micaela Villegas otorga a dos personas de su confianza para que testen en su nombre, "hallándome enferma en cama... pero por su Divina misericordia en todo mi acuerdo, memoria y entendimiento natural". Así era costumbre cuando el otorgante, por enfermedad o por no saber escribir, no podía estampar su firma: alguien de confianza quedaba autorizado a formalizar después la voluntad expresada de palabra. Aquí los apoderados fueron el abogado de la Real Audiencia D. Antonio Bedoya y D.ª María Mancevo.

Ya en el cuerpo del testamento, con la fórmula religiosa de rigor que abre estos documentos ("En el nombre de Dios Todopoderoso Amén..."), llega la cláusula que más me detuvo:

"...amortajado con el Avito y cuerda de N.tro Padre San Fran.co, sea sepultado en el sementerio g.al, haciendose el funeral en la Yglesia de la Recolección de S.n Fran.co, sin q.e acompañe ninguna comunidad, enterrandome con solo quatro luces y sin la mas minima pompa, y sin q.e otro mi cadaver sea conducido en carro de distinción, lo q.e encarezco mucho á mis Albaceas... pueda haber p.a el verdadero acompañam.to deseo, q.e es el de las limosnas á los Pobres..."

Traduciendo esto al español actual dice:
"...y muerte, y mandó que el cuerpo [vuelva] a la tierra de la que fue formado; y cuando sea cadáver, amortajado con el hábito y cuerda de Nuestro Padre San Francisco, sea sepultado en el cementerio general, haciéndose el funeral en la Iglesia de la Recolección de San Francisco, sin que la acompañe ninguna comunidad religiosa, siendo enterrada con solo cuatro velas (luces) y sin la más mínima pompa, y sin que mi cadáver sea conducido en un carro de distinción. Esto se lo encarezco mucho a mis albaceas, no solo porque no lo merezco por mis pecados, sino para que, ahorrando todo lo que se pueda en gastos, pueda destinarse a lo que realmente deseo como verdadero acompañamiento: las limosnas a los pobres, según dispondré en la cláusula correspondiente. A mi entierro asistirán únicamente el cura y el sacristán de mi parroquia, y todo esto se pagará de mis bienes, siendo así mi voluntad."

Claustro interior del Convento de los Descalzos

Quien hizo del escenario y del lujo su oficio durante años, pedía para su entierro justamente lo contrario: sin pompa, sin comunidad que la acompañara, con solo cuatro velas, y todo el ahorro posible destinado a limosna para los pobres. La "Iglesia de la Recolección de San Francisco" que menciona es el templo del Convento de Nuestra Señora de los Ángeles, hoy conocido como la Iglesia y Convento de los Descalzos, al pie del cerro San Cristóbal en el Rímac, fundado en 1595 por iniciativa de Santo Toribio de Mogrovejo. Era una casa franciscana de retiro y penitencia, distinta del gran convento de San Francisco del centro, y pedirla a propósito para el último adiós dice bastante sobre el ánimo con que esta mujer encaraba su muerte.

Más adelante, entre las cláusulas numeradas, declara que fue casada con Jacinto Vicente de Echarri, ya difunto, sin hijos de ese matrimonio, y reconoce como su hijo natural, habido antes de casarse, a Manuel de Amat, a quien instituye como su único y universal heredero. Una última cláusula, ya cortada por el folio siguiente que no llegué a tener en mis manos, menciona una deuda pendiente por la venta de una casita en la calle del Huevo que ella y sus hermanas habían hecho años atrás.

¿Está enterrada Micaela Villegas en el Convento de los Descalzos?

Durante años se llegó al consenso de que ella está enterrada al ingreso al Convento de los Descalzos "según su testamento, sin lapida como muestra de humildad para que todos los que ingresen a ese santo hogar la hollasen al pisar sobre sus restos", según Cesar Revoredo en su libro "La Pirricholi". Pero una lectura detenida de la sección del testamento compartido líneas  arriba y que habla de los preparativos que ella misma hacia para su entierro, al parecer nos dicen otra cosa.

Regresando al análisis del párrafo compartido mas arriba, subraye algunas frases interesantes.

Lo que dice literalmente el testamento: la cláusula distingue dos cosas diferentes: el funeral se haría en la Iglesia de la Recolección de San Francisco (los Descalzos), pero el cuerpo sería sepultado en el "cementerio general" — una expresión que, en el lenguaje notarial de la época, no significa "el cementerio del convento de los Descalzos" sino el sistema general de enterramiento eclesiástico de Lima, vigente hasta 1821. Es decir, la fórmula separa el lugar de la ceremonia (Descalzos) del lugar de la sepultura final, que pudo ser otro distinto. 

Se cita un registro parroquial de 1819 donde se habla de "entierro mayor en los Descalzos"; pero no hay excavación, hallazgo arqueológico ni cripta identificada con su nombre.

Hoy es conocido que el único lugar llamado como "Cementerio General" de Lima en esa época y en uso desde 1808 (11 años antes de la muerte de Micaela) es el actual Museo Cementerio Presbítero Maestro. 


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Fuente: Archivo General de la Nación (AGN), Lima. Protocolo notarial, papel sellado habilitado 1818-1819, ff. 213-216: poder para testar y testamento de D.ª Micaela Villegas, digitalizado aqui: https://drive.google.com/file/d/1JJlNfHxrFGZJa5U_FIF3B0x51bObPUZA/